En un proceso de divorcio, los hijos son el punto más débil en el acto dada su posición. Contando con que las circunstancias particulares de cada familia son muy diferentes, se ha de construir una solución para los progenitores en la que los menos afectados sean los menores.
En derecho familiar se distinguen diversos tipos de custodia a los que se puede acceder mediante la firma de un convenio regulador. Es imprescindible conocerlos bien y saber de qué puntos consta cada uno, puesto que se trata de unos elementos fundamentales que regularán el bienestar de los hijos en el entorno familiar.
Los tipos de guarda y custodia existentes son los siguientes:
Custodia legal y física
En casi todas las situaciones, la custodia física le es concedida al progenitor que convive con el menor de modo habitual. No obstante, en muchas ocasiones comparten la custodia legal de los menores aunque no convivan con uno de ellos.
La custodia legal implica el derecho en la toma de decisiones trascendentales sobre ciertos aspectos del menor, como pueden ser su educación, la atención médica, la implicación en creencias religiosas y otras cosas relevantes.
Custodia compartida
Se denomina custodia compartida a aquella en la que el menor pasa el mismo tiempo con ambos progenitores.
Los defensores de este modelo de custodia indican que es la ideal en cuanto a los daños que puede sufrir el menor, basándose siempre en la creencia de que no acaba de separarse del todo de ninguno de sus padres.
Sus detractores, por el contrario, abogan por centralizar el hogar del menor y autorizar al padre que carece de custodia un horario libre respecto a las visitas.
En este tipo de custodia resulta indispensable la adquisición de un firme compromiso por parte de los padres. Ambos progenitores deben ser estrictos en el cumplimiento de los puntos del acuerdo y contar con una gran capacidad de colaboración a la hora de tomar decisiones conjuntas.
Custodia partida o distributiva
La custodia partida o distributiva refiere que uno o más hijos quedan en la compañía de un padre y los restantes con el otro. Será el juez quien decida lo que procede en cada momento, aunque la autoridad judicial suele rechazar las órdenes de separación entre hermanos salvo en contadas excepciones.
Custodia de padres no casados
En el caso de aquellos padres entre los que no figura ningún acuerdo matrimonial, el proceso es exactamente igual que el de parejas casadas y la custodia también puede ser compartida. En estos casos, se inicia un procedimiento de medidas paternofiliales, ya que no tiene lugar el divorcio.
Ahora que ya hemos dejado claro los tipos de divorcio y custodia que existen es hora de que entender la importancia de ponerse en manos de los servicios de un abogado de divorcio en Cordoba . Estamos aquí para todo el que tenga dudas.
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