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MODIFICACIÓN DE MEDIDAS CÓRDOBA

En Odesa Abogados contamos con el servicio de modificación de medidas en Córdoba con mas experiencia, para hacer de tu caso un éxito.

En el supuesto en que la solicitud de modificación de medidas no se haga de forma amistosa, será necesaria la intervención del juez para dirimir sobre el contenido de las mismas y salvaguardar el bienestar de los hijos.

En la gran mayoría de los casos, el distanciamiento de las partes viene motivado por cuestiones que versan sobre la guardia y custodia, la pensión alimenticia, el horario de visita o el turno de estancia y que afectan de pleno a los menores o mayores discapacitados.

En un procedimiento de divorcio o separación se adoptan decisiones en beneficio de ambas partes y, sobre todo, en interés de los menores. No obstante, en multitud de ocasiones dichas medidas pueden desembocar en situaciones, normalmente económicas, perjudiciales para alguna de las partes cuando sus circunstancias iniciales hayan variado significativamente.

La Ley establece un procedimiento para modificar las medidas aprobadas por una sentencia de separación o divorcio, y el mismo podrá ser:

A.- De mutuo acuerdo. Siempre que ambos progenitores o ex cónyuges coinciden en la medida o medidas que se han de modificar y en su nuevo contenido

B.- Contencioso. En el supuesto de que uno de ellos no quiera cambiar nada o no esté de acuerdo con la modificación que el otro propone.

Cómo afrontar un contencioso de modificación de medidas

Una solicitud no amistosa crea, por lo general, un ambiente muy tenso y desagradable entre las partes y, cómo expertos en divorcios en Córdoba, vamos a explicar los pasos que incluye un juicio de modificación de medidas Córdoba.

Conciliación judicial

Con este primer paso se da inicio al procedimiento y de él dependerá su continuidad o no. Los abogados de ambas partes expondrán sus solicitudes, y el motivo de las mismas ante el juez y los fiscales y se intentará llegar a un acuerdo previo.

Si se logra, se determinarán las nuevas medidas y el proceso se dará por terminado.

Ratificación de la demanda

En el caso en que no haya acuerdo entre las partes, es necesario que el demandante ratifique su deseo de seguir con el contencioso en las condiciones que expuso en la demanda.

Aunque aún se pueden realizar matices sobre puntos de esta en los que se quiera enfatizar, no es momento de pretender realizar cambios sustanciales, ya que, con toda probabilidad, serán denegados.

Contestación u oposición

En este punto se dará paso a que la parte demandada ratifique el escrito de contestación a la demanda que previamente habrá sido presentado al juzgado, o bien, se soliciten cambios en las modificaciones por causas sustanciales que hagan que algunas de las peticiones ya no sean las adecuadas.

Proposición de pruebas

Llegados a este punto, comenzará la fase en que las partes presenten o añadan las pruebas, testigos o especialistas que consideren oportunos para defender sus intereses.

Los abogados de ambas partes tendrán que motivar y argumentar lo presentado en nombre de su defendido y será el juez quien los de por válidos o no.

Realización de pruebas

Este es el momento en que comienza realmente el juicio, ya que es cuando los abogados de las partes presentes en la sala exponen sus peticiones y las defienden con las pruebas que han presentado y con los testimonios que cuentan.

La fiscalía podrá pedir escuchar a las partes y comunicará sus conclusiones dando paso a la fase de alegaciones. Y ya solo quedará esperar el veredicto del juez.

Si necesitas más información sobre la modificación de medidas tienes a tu disposición nuestro bufete, que cuenta con los mejores abogados de Córdoba, especializados en derecho de familia.

Casos de modificación de medidas en Córdoba

En estos casos, en los que no hay acuerdo, para que pueda estudiarse siquiera si el cambio que se propone es adecuado no, es necesario que las nuevas circunstancias cumplan varios requisitos para que la modificación de medidas resulte viable:

  • Debe tratarse de un cambio esencial, importante, respecto a las circunstancias tomadas en cuenta en la sentencia de divorcio o separación.
  • Ese cambio debe ser permanente, es decir, que no se trate de un mero cambio temporal o una situación transitoria.
  • Este cambio de circunstancias debe ser imprevisible y no puede ser provocado por alguna de las partes a fin de que se produzca la modificación de medidas.

ODESA Abogados

Consulte con nuestros profesionales todas las dudas que le surjan.

Los especialistas de ODESA Abogados estudiarán tu caso de forma pormenorizada. Para ello necesitamos que nos aportes la siguiente documentación:

  • Sentencia de divorcio o separación, o bien la sentencia de medidas paternofiliales
  • Documentos acreditativos del cambio de las circunstancias:
    • Nóminas o certificado de alta en desempleo
    • Certificado de no percibir ninguna prestación o subsidio, en su caso
    • Documentación médica en caso de enfermedad o similares
    • Certificado escolar cuando proceda
  • Certificado de matrimonio y de nacimiento
  • Certificado de empadronamiento
  • Sentencia cuyo contenido se pretende modificar

En ODESA Abogados también te podemos ayudar en trámites de parejas de hecho y pactos prematrimoniales. Sean cuales sean tus necesidades puedes contactarnos y te atenderemos encantados.

Si se reúnen estos requisitos, se podrá adoptar una nueva decisión respecto a las reglas atribuidas previamente, iniciando para ello un procedimiento de modificación de medidas ante el Juzgado que conoció del proceso de divorcio o separación, en su caso.