¿Cuándo se puede hacer la liquidación de gananciales en Córdoba?

En la sociedad actual, el divorcio ha alcanzado cotas importantes y muchas parejas deciden separarse cuando llegan a la crisis matrimonial. El proceso de separación se complica cuando hay un negocio o bienes de una importancia relevante que han sido adquiridos durante el matrimonio. Por esta razón, cada vez más separaciones tienen lugar con liquidacion de gananciales en cordoba para determinar el procedimiento a seguir con los bienes y el negocio.

¿Cuándo se puede hacer la liquidación de gananciales en Córdoba?

Para poder proceder a la liquidación de gananciales, es preciso que haya una sentencia judicial y que no haya habido una reconversión previa de la sociedad conyugal en sociedad de hecho.

En el caso de que no haya existido conversión, la liquidación se podrá realizar desde el momento en que se firme la sentencia. Si, por el contrario, hay que proceder a la conversión, la liquidación solo se podrá realizar hasta un año después desde que se firme la sentencia.

La liquidación tiene que realizarse en el plazo máximo de dos años desde que la sentencia se firme, siempre y cuando la cuota de ganancias de cada uno de los cónyuges no sea inferior a los 1000 euros al mes. En caso contrario, el plazo será de seis meses.

¿Cuándo se puede hacer la liquidación de gananciales en Córdoba

Cómo proceder a la liquidación de gananciales en la provincia de Córdoba

En Osa Abogados se puede encontrar un abogado de divorcio que estará al lado de la persona que necesita la liquidación de gananciales y que habrá de determinar si existían o no tales bienes comunes y cuál es la cuota correspondiente para cada uno de los cónyuges.

La persona que tenga que iniciar el procedimiento para la liquidación de gananciales tendrá que solicitar formalmente la liquidación a la otra parte. Si esta se niega a la petición, habrá que ir al Juzgado de lo Familiar para que se realice una audiencia en la que se determine la cuota correspondiente a cada uno de los cónyuges y el importe de la deuda.

En la diligencia de liquidación, se actúa sobre los bienes y derechos que han estado en comunidad y, en este caso, habrá que tener en cuenta la proporción de los bienes en el momento de la separación.

Considerando que el objetivo de la liquidación de gananciales es que cada uno de los cónyuges conserve el patrimonio que tenía antes de contraer matrimonio, la liquidación se realiza desde el momento de la separación y en función de lo que cada uno de los cónyuges tenía antes de la unión matrimonial.

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